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BANCOLOMBIA Cuenta Corriente
61723247127
Titular ; Fundación Héroe Camina
Para expedir el respectivo Certificado de Donacion es necesario enviar los siguientes datos:
Nombre completo de la persona o la entidad donante
No. De Identificación
No. De Cheque o recibo de consignación
Dirección a la cual se enviará el respectivo certificado
BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Los contribuyentes que hagan donaciones a la FUNDACIÓN HÉROE CAMINA, tienen derecho a deducir de la renta, el 125% del valor de las donaciones efectuadas durante el año o periodo gravable, de conformidad con el Estatuto Tributario. Artículo 126-2
Para gozar de este beneficio deberá acreditarse al cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 125-1, 125-2, 125-3 del Estatuto Tributario y las demás que establezca el reglamento.
Articulo 108-1 Los contribuyentes que estén obligados a presentar declaración de renta o complementarios tienen derecho a deducir de la renta, el 200% del valor de los salarios y presentaciones sociales pagados durante el año o período gravable, a ex-miembros de la Fuerza Pública, que hayan sufrido disminución de su capacidad psicofísica, conforme a las normas legales sobre la materia.
Parágrafo: Para que proceda la deducción por concepto de los salarios y prestaciones pagados a las personas señaladas en el artículo 108-1, se requiere certificación del Ministerio de Defensa de que la persona por la cual se solicita deducción, cumpla los requisitos establecidos para ello. El ministerio de Defensa, llevará un registro de todos aquellos beneficiarios con este programa.
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